Un maestro gana la batalla legal contra el ICAM y el Consorci d’Educació y se le reconoce en vía judicial el derecho a la incapacidad permanente por una depresión padecida a raíz de una agresión cometida por parte de un alumno.
El pasado 7 de octubre de 2014, un maestro de un instituto público de Barcelona sufrió una agresión por parte de un alumno del mismo centro sin que se adoptasen posteriormente medidas tendentes a proteger al profesor.
A raíz de estos hechos, el maestro causó baja por depresión y otras patologías psicológicas derivadas hasta que el ICAM (Institut Català d’Avaluacions Mèdiques) decidió por su cuenta dar por finalizada la baja (aún persistiendo la enfermedad) debiéndose reincorporar el maestro de forma inmediata a su puesto de trabajo.
Ante esta grave situación, el maestro se puso en contacto con el Letrado David Neila Pérez para tratar de frenar esta incorporación inmediata y obtener el derecho a la incapacidad permanente al haber transcurrido con creces el plazo máximo de incapacidad temporal.
La estrategia jurídica pasó por interponer recurso contencioso-administrativo contra la resolución que daba por finalizada la licencia de enfermedad y medida cautelar de suspensión de la resolución que obligaba al maestro a reincorporarse inmediatamente.
La medida cautelar consistió en alegar que los últimos informes médicos recomendaban el ingreso del maestro en un centro psiquiátrico de día.
La medida fue concedida por la Magistrada condenando en costas a la Administración por entender que la ejecución de la resolución causaría unos perjuicios de muy difícil reparación, en la medida que se trata de la salud psíquica de una persona y del interés público consistente en el derecho a una buena educación.
Tras la estimación de la medida cautelar, en junio del presente, finalmente la Magistrada dictó sentencia por la que, estimando íntegramente las pretensiones del maestro se anulan y recovan las resoluciones impugnadas y se reconoce el derecho a la incapacidad permanente.
En palabras del letrado Neila, “con esta sentencia no solo se protegen los intereses de mi representado sino también el derecho a una educación de calidad, prestada por profesionales aptos y capaces, teniendo en cuenta la influencia que los maestros tienen en los alumnos y su relación diaria con los mismos”.