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LEY DE MEMORIA DEMOCRATICA NACIONALIDAD ESPAÑOLA

Solicitar la nacionalidad española a través de la ley de hijos y nietos de españoles



Guía completa para solicitar la nacionalidad española por la Ley de Memoria Democrática: No es necesario acreditar ser exiliado o víctima de la dictadura.



En esta publicación explicamos de forma completa el procedimiento y los requisitos a seguir para obtener la nacionalidad por la Ley de Memoria democrática, en base no solo a la Ley sino a la Instrucción de 25 de Octubre de 2022 que desarrolla y aclara la Ley que en algunas ocasiones es algo confusa.




1.- ¿Quién puede solicitar la nacionalidad por la Ley de Memoria Democrática?


La Ley 20/2022 de 19 de octubre de Memoria Democrática permite al igual que hizo anteriormente la Ley 52/2007 de memoria histórica, optar a la nacionalidad Española.


Antes de empezar, debo decir, que la Ley es algo confusa y puede inducir a error, sin embargo, no temas si tus padres o abuelos no huyeron o fueron víctimas del exilio, esto no debe demostrarse y te explicaré el porqué, si prestas atención.


Personas que pueden optar a la nacionalidad española por opción según la D.A. 8 de la Ley 20/2022:


I.- Los Nacidos fuera de España, de padre o madre, abuelo o abuela, que originariamente hubieran sido españoles. Este derecho, también se reconocerá a los nietos de quienes perdieron o tuvieron que renunciar a la nacionalidad española como consecuencia del exilio.


Nota: La Ley no es muy clara cuando añade seguidamente (…) y que como consecuencia de haber sufrido exilio por razones políticas, hubieran perdido o renunciado a la nacionalidad española). Según la instrucción de 26 de octubre, lo que quiere decir la ley es que además de lo indicado en este punto I, si los familiares españoles hubieren perdido la nacionalidad por las causas relatadas (exilio represión…), sus descendientes podrán igualmente optar a la nacionalidad.



II.- Los hijos e hijas nacidos en el exterior de mujeres españolas que perdieron su nacionalidad por casarse con extranjeros antes de la entrada en vigor de la Constitución de 1978.


III.- Los hijos e hijas mayores de edad a quienes les fue reconocida su nacionalidad de origen en virtud del derecho de opción de acuerdo con lo dispuesto en esta ley o en la anterior ley 52/2007 de Memoria Histórica.


2.- CÓMO SE SOLICITA LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA POR MEMORIA DEMOCRATICA?


La solicitud de nacionalidad por opción y el juramento de nacionalidad se realizará:


- Si el interesado está en España: En el Registro Civil competente del lugar donde esté empadronado.


- Si el interesado reside en el Extranjero: En la demarcación consular correspondiente de España donde se encuentre residiendo el extranjero.



El plazo máximo para presentar la solicitud es hasta el 21 de octubre de 2024 (cumpliéndose en ese momento el plazo de 2 años de duración exigido por la norma).



3.- DOCUMENTOS PARA SOLICITAR LA NACIONALIDAD POR LA LEY DE NIETOS


- Modelo de solicitud normalizado.

- Pasaporte del interesado/NIE si dispone.

- Certificado literal de nacimiento del padre, madre o abuelo, abuela que originariamente hubiere sido español.

- Si se solicita la nacionalidad por ser nieto, además del certificado de nacimiento del abuelo/abuela, se aportará el certificado de nacimiento del padre o madre.

- No es necesario, pero si el padre, madre, abuelo o abuela perdió la nacionalidad por razones del exilio… se deberá acreditar la condición de exiliado.







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