Si ha solicitado la autorización de residencia por pareja de hecho o matrimonio, esta información le interesa. Hoy, 19/02/2025, hemos sabido que en algunos casos, durante el trámite de toma de huellas, la policía ha empezado a hacer preguntas y ha pedido revisar teléfonos móviles para verificar la autenticidad de la relación que justifica la autorización de residencia.
Hasta ahora, cuando las oficinas de extranjería tenían dudas sobre la veracidad de una pareja de hecho, otorgaban un plazo para que la pareja se presentase en dependencias policiales y se sometiese a una entrevista. Sin embargo, ahora, en algunos casos en Barcelona, pese a obtener la resolución favorable del trámite de residencia, el ciudadano extranjero puede enfrentarse a preguntas sobre su relación durante la toma de huellas, Incluso pueden solicitar revisar su teléfono móvil para verificar conversaciones y fotografías.
Si le han hecho una entrevista durante la toma de huellas y le han impedido realizar el trámite, es importante saber que no pueden denegarle la residencia concedida sin más. Las oficinas de extranjería deben iniciar un procedimiento administrativo para revocar la autorización, y usted puede interponer un recurso administrativo justificando la realidad de su unión de hecho. Puede alegar que, quizá, se puso nervioso(a) el día de la toma de huellas y no supo responder adecuadamente.
¿Qué hacer si la policía pregunta sobre su relación durante la toma de huellas?
Primero, afronte la situación con calma y responda amablemente a las preguntas de la policía para verificar la autenticidad de su relación. Si, pese a responder correctamente, le impiden realizar el trámite de toma de huellas, solicite un justificante conforme no le han dejado hacerlo, a fin de impugnar esa actuación administrativa arbitraria y desajustada a derecho.
Hasta que reciba una resolución que revoque su residencia, su autorización sigue siendo vigente. La resolución de concesión produce plenos efectos frente a terceros y a la administración. Continúe con su vida normal y, mientras espera, presente un escrito de alegaciones ante extranjería para exponer lo sucedido y evitar que ningún trámite administrativo quede sin realizarse. También podrá quejarse sobre el trato recibido, si es el caso.
Si ustedes se fijan, en la resolución de concesión al final de todo se indica claramente:
INFORMACIÓN IMPORTANTE: La autorización concedida mediante la presente resolución produce plenos efectos frente a la administración y frente a terceros y su eficacia no se encuentra condicionada a la obtención de la Tarjeta de Identidad de Extranjero, sin perjuicio de que, de conformidad con el artículo 4.2 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, deba ser solicitada en el plazo de un mes desde su concesión.
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