REGULARIZACION MASIVA Y RECURSOS DE REPOSICION EN CURSO
- David Neila Pérez
- hace 23 horas
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Estamos a pocos días de poder empezar a presentar los expedientes de la regularización masiva que ya tenemos preparados para nuestros clientes y quería agradecerles su eficiencia en la obtención y envío de todos los documentos. Ahora ya solo queda esperar a que se puedan empezar a presentar estos expedientes. Se estima que se abra plazo a mediados de abril, en cualquier caso, les iremos actualizando las fechas.
Existe otro grueso de personas que anteriormente presentaron su solicitud de residencia que fue denegada y que interpusieron recurso de reposición.
¿Qué sucede con las personas que tienen un recurso de reposición activo? ¿Pueden acogerse a la nueva regularización o no?
Con un recurso activo o en trámite no puede aplicar a la regularización masiva ni a cualquier otra solicitud al mismo tiempo. Debe elegir que trámite desea hacer.
Se trata de una situación que genera incertidumbre y aunque no tenemos una respuesta general si que podemos plantear posibles escenarios para que puedan valorar la opción con mas provabilidades de éxito:
1.- ESPERAR A QUE SE RESUELVA EL RECURSO DE REPOSICIÓN:
Un primer escenario podría pasar por esperar a que se resuelva el recurso de reposición siempre y cuando hayamos analizado que la probabilidad de éxito del mismo es alta o muy alta y que la respuesta tenga lugar en los próximos días:
Por ejemplo, sabemos que en Barcelona en estos momentos están resolviendo por regla general los recursos de reposición de estancia por estudios presentados el 12/13 de noviembre de 2025. Aunque sabemos que hay otros recursos que están estancados desde hace más tiempo.
Así, si tenemos un caso de alguien que ha presentado recurso de reposición en noviembre/diciembre o enero, es muy probable obtener la respuesta antes del 30 de junio, de tal manera que si fuse denegado el recurso estarían a tiempo para optar por la regularización.
2.- DESISTIR DEL RECURSO PARA APLICAR A LA REGULARIZACIÓN:
Aquí también hay que analizar si la respuesta del recurso sería una estimación total con concesión o una estimación parcial (si es parcial, puede suponer que se reabra el expediente para seguir el curso de tramitación hasta su resolución final, esto puede perjudicarnos pues imaginemos que se estima parcialmente el recurso, se reabre el expediente y finalmente es denegado el trámite por otro motivo (en ese caso no podrían acogerse a la regularización masiva).
Un escenario posible sería desistir del recurso, darlo por perdido y aplicar a la regularización masiva en su lugar. En este caso, el mero escrito solicitando del desistimiento, ya le legitima para presentar otro trámite de extranjería tal como viene sucediendo actualmente cuando desistimos para aplicar a un nuevo trámite, es decir que no habría que esperar en principio a obtener la resolución de archivo para aplicar a la regularización.
3.- DESISTIR DEL RECURSO AHORA O UNA VEZ ENTRE EN VIGOR LA REGULARIZACIÓN MASIVA:
Otra pregunta que presenta grandes dolores de cabeza es si desistir ahora o esperar a que entre en vigor la regularización y podamos ya presentar los expedientes.
Basándome en la práctica habitual y la experiencia de años haciendo lo mismo, es posible desistir en cualquier momento y aplicar el mismo día a otro trámite de extranjería sin tener que esperar la resolución de archivo por desistimiento.
Bajo este razonamiento y práctica constante, una posibilidad es esperar a que entre en vigor la regularización y entonces desistir en ese momento aportando el justificante de desistimiento del recurso al trámite de residencia de la regularización. No desistiría por anticipado para cubrir el riesgo "mínimo" que finalmente no entre en vigor la regularización.
Si por el contrario la estimación es íntegra, entonces ya está concedido y no hay que acogerse a la regularización.
En cualquier caso estos escenarios planteados no son una recomendación o un asesoramiento sinó un ejercicio de buscar soluciones a problemas futuros que deberán ser contrastados caso por caso.