La Nacionalidad Española puede adquirirse a través de diferentes formas (por matrimonio, por opción, carta de naturaleza o por residencia) siendo la de la Residencia la más habitual. Esta modalidad requiere que el solicitante resida por regla general durante un plazo de 10 años de forma legal, continuada e inmediatamente anterior a la petición.
Ahora bien, hay casos en los que el periodo de residencia mínimo se reduce:
5 años: Para la concesión de la nacionalidad española a aquellas personas que hayan obtenido la condición de refugiado.
2 Años: Para los nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal o personas de origen sefardí. En breve esperemos que también se incluyan a los saharauis.
1 Año En los siguientes supuestos:
El que haya nacido en territorio español.
El que no ejerció debidamente su derecho a adquirir la nacionalidad española por opción.
El que haya estado sujeto legalmente a la tutela (bajo la vigilancia de un tutor), guarda o acogimiento (el acogimiento que permite la reducción de residencia legal a un año es aquél en que existe resolución de la entidad pública que tenga en cada territorio encomendada la protección de menores y los acogimientos que estén judicialmente reconocidos) de un ciudadano o institución españoles durante dos años consecutivos, incluso si continuare en esta situación en el momento de la solicitud.
El que, en el momento de la solicitud, lleve un año casado con un español o española y no esté separado legalmente o de hecho.
El viudo o viuda de española o español, si en el momento de la muerte del cónyuge no estaban separados, de hecho o judicialmente.
El nacido fuera de España de padre o madre, (nacidos también fuera de España), abuelo o abuela, siempre que todos ellos originariamente hubieran sido españoles.
Por tanto si usted se encuentra en alguno de estos supuestos, tiene derecho a solicitar la nacionalidad española por residencia siempre que cumpla con los requisitos y formalidades exigidos (entre otros: no disponer de antecedentes penales, poseer los certificados del instituto cervantes ect) Requisitos que examinaremos en futuros post.
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