Para determinar la validez en el caso de los certificados, se atenderá al plazo de vigencia que conste en el propio documento, circunstancia que es fácilmente constatable. Ahora bien en el caso de certificados de antecedentes penales en los que no conste plazo de validez, se entenderá que tienen una vigencia de seis meses a contar desde su expedición.
Uno de los requisitos para poder solicitar la nacionalidad española es aportar el certificado de antecedentes penales del país de origen, traducido y legalizado o apostillado según los convenios internacionales. En dicho documento debe acreditarse que no existen antecedentes penales.
Deben tener presente que el Ministerio de Justicia, quien se encarga de la gestión de los expedientes de nacionalidad española, puede denegar una solicitud de Nacionalidad Española porque simplemente el certificado de antecedentes penales esté caducado.
Este, es un error que nos estamos encontrando y que comporta la inadmisión de la solicitud por una cuestión simplemente formal fácilmente subsanable. Es por ello, que todos los documentos oficiales que se aporten al expediente de nacionalidad deberán estar en vigor en el momento de la presentación de la solicitud.
Para determinar la validez en el caso de los certificados, se atenderá al plazo de vigencia que conste en el propio documento, circunstancia que es fácilmente constatable. Ahora bien en el caso de certificados de antecedentes penales en los que no conste plazo de validez, se entenderá que tienen una vigencia de seis meses a contar desde su expedición.
De éste modo, si en su documento de antecedentes penales no se indica un plazo de validez, la Administración lo considerará vigente si a la fecha de la presentación de la solicitud no han pasado más de 6 meses desde su fecha de expedición.
A continuación le indicamos algunos de los certificados de países en los que sí se indica un plazo de validez y a partir del cual los antecedentes penales vencen:
Cuba (caducidad: 6 meses)
Ecuador (caducidad: 90 días)
El Salvador (caducidad: 90 días)
Honduras (caducidad: 6 meses)
México (caducidad: 30 días)
Marruecos (caducidad: 90 días)
Nigeria (caducidad: 3 meses)
Paraguay (caducidad: 6 meses)
Perú (caducidad: 3 meses)
Uruguay (caducidad: 3 meses).
Así las cosas, lo más extendido es que dicho documento tengan que solicitarlo directamente en su país de origen y, para poder presentarlo posteriormente en el organismo español que corresponda deberá además estar debidamente legalizado o apostillado y, si fuere necesario, traducido.
Con la única intención de facilitarles las gestiones para la tramitación de la nacionalidad española, contraer matrimonio, presentar un arraigo, etc y en ocasión de minimizar en lo posible la lentitud que comporta recabar la documentación en su país de origen, el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, a través de la Sección de Legalizaciones de la Dirección General de Españoles en el Exterior y de Asuntos Consulares y Migratorios, ha autorizado a algunas representaciones diplomáticas o consulares de otros países con representación a España a la expedición de Certificados de Antecedentes Penales.
A continuación nos permitimos listar las representaciones Diplomáticas y Consulados que emiten Certificados de Antecedentes Penales autorizados por España:
Afganistán, Argentina, Armenia, Bolivia, Cabo Verde, Chile, Colombia, Ecuador, Eslovaquia, Georgia, Letonia, Perú, República Dominicana, Rumanía, Rusia y Turquía.
Una vez dispongan del Certificado que corresponda deben tener en cuenta que estos documentos expedidos por representaciones diplomáticas o consulares extranjeras en España deben legalizarse por la Sección de Legalizaciones del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación español.
En todo caso deben tener presente que se ha autorizado a algunas representaciones diplomáticas o consulares extranjeras a expedir un Certificado de Autenticidad de aquellos documentos originales de su país que no pueden ser legalizados por impedírselo su legislación interna o por circunstancias excepcionales y específicas del país, por lo que les recomendamos que contacten con nosotros para así poder asesorarles individualmente de los pasos a seguir o de las circunstancias excepcionales que se puedan suscitar.
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