top of page

He terminado mis estudios, ¿puedo cambiar a residencia y trabajo sin esperar a que caduque mi tarjeta?

hace 11 minutos
3 min de lectura

Has terminado tus estudios en España y te ha salido una oferta de trabajo. Pero tu tarjeta de estudiante todavía tarda varios meses en caducar y te surge la duda: ¿puedo solicitar ya el cambio a residencia y trabajo o tengo que esperar?


Sí, puedes solicitarlo antes de que falten dos meses para la caducidad, siempre que hayas obtenido el título o certificado correspondiente y cumplas los demás requisitos.

Te explico por qué.


No hay que mirar solamente cuándo caduca la tarjeta


El artículo 190 del Reglamento de Extranjería regula esta modificación. Su apartado 6 permite calcular el plazo tomando como referencia tanto la finalización de la autorización de estancia como la obtención del título o certificado de los estudios realizados.


Esto significa que puedes presentar la solicitud dentro de los tres meses posteriores a la obtención del título o certificado, aunque tu tarjeta todavía tenga varios meses de vigencia.


No tienes que esperar a que esté a punto de caducar.


Pongamos un ejemplo:


Tu tarjeta caduca el 30 de noviembre, pero el 15 de junio ya tienes el certificado que acredita que has superado los estudios. Además, una empresa quiere contratarte.


Si cumples los requisitos, puedes presentar la modificación en junio. No hace falta esperar a septiembre para entrar en los dos meses anteriores a la caducidad.


Y esto puede ser importante, porque una empresa que necesita incorporar a alguien full time 40 horas a la semana, no siempre puede esperar varios meses.


Eso sí: hay que haber superado los estudios 100%


Una cosa es haber terminado las clases y otra haber superado toda la formación.


Si te quedan prácticas obligatorias, alguna asignatura o el trabajo final, hay que revisar si realmente puedes acreditar la finalización de los estudios. Para presentar la modificación necesitaremos el título o una certificación del centro que acredite que los has superado.


También hay que comprobar que tu autorización y la formación realizada permiten acceder a esta vía. No sirve cualquier curso por el simple hecho de haberlo terminado.


¿Y con una oferta de trabajo ya es suficiente?


Además de acreditar los estudios, hay que revisar el contrato y la documentación de la empresa: salario, jornada, solvencia y cumplimiento de sus obligaciones.


Por eso, antes de presentar, conviene comprobar toda la documentación. Tener una empresa interesada en contratarte es un buen punto de partida, pero la solicitud debe cumplir el resto de los requisitos.


¿Cuándo puedo empezar a trabajar a jornada completa?


Esta es otra duda importante. Presentar la solicitud y que la admitan a trámite son dos momentos distintos.


El Criterio de Gestión 1/2025 de la Dirección General de Gestión Migratoria aclara que la admisión a trámite permite obtener una autorización provisional de residencia y trabajo durante el procedimiento. El acuerdo debe recoger la habilitación para trabajar a jornada completa, según la modalidad solicitada.


Por tanto, no hay que dar por hecho que el justificante de presentación permite empezar inmediatamente a trabajar a jornada completa. Debemos comprobar la admisión a trámite y la habilitación que contiene. Si finalmente no se concede la modificación, esa autorización provisional pierde su validez.


Si ya has terminado, no esperes sin revisar antes tus opciones


La fecha de caducidad de tu tarjeta no es lo único que hay que mirar. También importa cuándo has obtenido el certificado y qué documentación tienes para presentar el cambio.

Si has terminado tus estudios y una empresa quiere contratarte, podemos revisar tu caso y decirte si ya puedes solicitar la residencia y trabajo.


Puedes contactar con Bufete Neila a través de www.bufeteneila.com o escribirnos por WhatsApp al 679 766 931.



 
 
 

Comentarios


bottom of page