Ayer asistimos a la conferencia organizada en el ICAB sobre el derecho de Asilo y la protección internacional a cargo del Blas Jesús Imbroda, decano del ICA de Melilla, presidente de la subcomisión de extranjería y protección internacional y de Noemí Alarcón, vicepresidenta del comité de Migraciones CCBE.
Los primeros minutos se centraron en reivindicar el derecho de asilo como derecho fundamental y el derecho a la paz y la libertad frente a las atrocidades y delitos de lesa humanidad que a día de hoy y pese a encontrarnos en el siglo XXI siguen sufriendo algunos países como Sudán, Siria, Nicaragua o Venezuela, proviniendo de éste último país, el mayor número de solicitudes de asilo que se están registrando últimamente.
Noemí Alarcón nos puso al día de la normativa reguladora del derecho de asilo y protección internacional, recordándonos que en Europa, a la hora de regular, existen diversas Directivas europeas que no están traspuestas por España y otros países, lo que a la práctica, deja en manos de cada estado, la gestión y regulación del derecho de asilo.
Finalmente, en la conferencia se habló de algo realmente importante y que afecta a todos aquellos extranjeros que tienen una orden de expulsión o una resolución denegatoria de su permsio de residencia y les invita a abandonar el territorio nacional en 15 días, y es el principio de no devolución “non-refoulement,” regulado en el art. 33.1 de la Convención de Ginebra. Dicho artículo establece que ningún Estado contratante podrá, por expulsión o devolución, poner en modo alguno a un refugiado en las fronteras de territorios donde su vida o su libertad peligre por causa de su raza, religión, nacionalidad, pertenencia a determinado grupo social o de sus opiniones políticas, ello, con independencia de que se haya solicitado o no el derecho de asilo. Ello, puede ser útil a la hora de solicitar ante los juzgados una medida cautelar de suspensión de órdenes de expulsión.
En suma, valoramos positivamente la asistencia a esta conferencia, que nos ha mostrado que en el campo del derecho de extranjería existen materias muy sensibles y que pretenden amparar a personas que a día de hoy sufren atrocidades en sus países de origen, por razones religiosas, políticas, sociales etc.
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