MÁS DE 3 MESES SIN RESPUESTA EN TU SOLICITUD DE NACIONALIDAD ESPAÑOLA LMD? AGILIZA TU EXPEDIENTE
- David Neila Pérez
- 18 feb
- 2 Min. de lectura
Actualizado: 19 feb
✅¿Ha presentado la solicitud de Nacionalidad Española al amparo de la Ley de Memoria Democrática y todavía no ha obtenido respuesta tras más de 3 meses de espera?
✅¿Podemos hacer algo para agilizar el expediente a partir del tercer mes?
✅¿Necesito viajar a España?
Miles de ciudadanos han presentado a través de Consulados la solicitud de Nacionalidad Española al amparo de la Ley de Memoria Democrática, también conocida como la Ley de nietos y no tienen una respuesta hasta la fecha ni la certeza de cuando van a obtener respuesta. Para no dejar en el limbo su solicitud, existen mecanismos legales para obtener un pronunciamiento expreso de la Administración.
Para comprender los derechos que asisten a los solicitantes de la nacionalidad por la LMD debemos situar el marco normativa en cuanto a plazos y procedimiento aplicable:
Según la instrucción de 16/09/2021 de la DGSJFP teniendo en cuenta que la aplicación Dicireg no estaba implantada en muchos de los registros consulares donde se presentaron los expedientes de nacionalidad, se aplicaría en estos casos la Ley de Registro Civil de 1957 y el Reglamento de Registro Civil de 1958.
Esta normativa indica que cuando han transcurrido 90 días desde la presentación de la solicitud, la persona interesada podrá denunciar la mora, y transcurridos otros 90 días desde la denuncia, se podrá considerar desestimada la petición a efectos de interponer el correspondiente recurso contra esa denegación por silencio, si bien todo ello no exime del deber legal de dictar una resolución expresa tal como prescribe el art. 357 del RRC.
Una vez interpuesto el recurso de alzada en su caso ante la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública si es desestimado o bien si transcurre el plazo legal de 6 meses, quedará abierta la vía judicial para que un Juez, desde España pueda resolver el expediente.
¿Necesitas viajar a España para el trámite?
No, podemos actuar en su nombre y representación por medio de un poder y su presencia no es necesaria para llevar a cabo todo el proceso hasta el final.
Contáctenos para obtener una respuesta de su nacionalidad por la "Ley de Nietos" ahora.

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