SITUACION ACTUAL DE LOS EXPEDIENTES DE RESIDENCIA DE FAMILIAR DE ESPAÑOL POR PAREJA DE HECHO
- David Neila Pérez
- hace 2 días
- 3 Min. de lectura
Desde nuestro despacho de abogados especializado en extranjería, les venimos a informar de la situación actual de los expedientes de residencia de familiar de español por pareja de hecho.
En esta publicación les explicaremos:
I.- Pasos a seguir para solicitar en España un permiso de residencia de familiar de Español por pareja de hecho.
II.- ¿Me pueden hacer una entrevista pare verificar la realidad de la pareja?
III.- Plazos actuales de respuesta de los expedientes de residencia.
IV.- Situación de los recursos de reposición.
I.- Pasos a seguir para solicitar en España un permiso de residencia de familiar de español por pareja de hecho:
A) Si la persona extranjera se encuentra en España junto a su pareja española:
1.- El primer paso es empadronarse en el mismo domicilio.
2.- Si no tienen hijos en común ni una convivencia acreditada de más de un año, deberían formalizar la unión de hecho ante Registro Público o bien ante Notario tal como es habitual hacer en Cataluña (en esta Comunidad Autónoma, si se formaliza la unión ante notario no hace falta acreditar un mínimo de empadronamiento conjunto previamente).
3.- Reunir la documentación necesaria:
Pasaporte completo, en vigor.
DNI en vigor.
Volante de convivencia actualizado.
Certificado acreditativo de la inscripción de la pareja en su caso.
Certificado de antecedentes penales actualizado y apostillado y con traducción jurada en su caso.
Certificado de soltería de la persona extranjera y si el familiar español nació fuera de España además, también el certificado de soltería del país natal.
Certificado de Estado civil del familiar español.
Declaración jurada del familiar español conforme no reside con otro cónyuge o pareja de hecho.
4.- Una vez examinada y preparada toda la documentación hay que presentar la solicitud de residencia de manera telemática ante la oficina de extranjería competente.
B) Si la persona se encuentra fuera de España:
También es posible efectuar el trámite si la pareja se encuentra fuera de España siempre y cuando puedan acreditar el vínculo familiar, si bien es un trámite más largo y burocrático que explicaremos en otra publicación.
II.- Me pueden hacer una entrevista para verificar si la pareja es real?
Si, Cuando la oficina de extranjería tiene sospechas acerca de la veracidad de la pareja, remiten el expediente a Policía Nacional para que efectúen las pesquisas necesarias para averiguar si son una pareja de verdad.
Las acciones legales que hace Policía para averiguar si una pareja es real son las siguientes:
1.- Pueden presentarse en el domicilio y averiguar si residen en la dirección que han facilitado.
2.- Pueden efectuar una entrevista previamente concertada con los interesados en el propio domicilio.
3.- Pueden convocarles a una entrevista en la comisaría de policía.
4.- En el mismo trámite de toma de huella tras la concesión de la residencia también es frecuente que puedan hacer una última entrevista final.
III.- Plazos actuales de respuesta de los expedientes de extranjería:
Depende mucho de la oficina donde se presente el trámite y de sí existen dudas acerca de la veracidad de la unión de hecho.
A modo de ejemplo, les dejamos la última resolución de concesión que presentamos en octubre 2025 que ha demorado poco más de 5 meses.
Ejemplo:
En fecha 16 de noviembre presentamos la solicitud de residencia por pareja de hecho de Estefany natural de Perú ante la oficina de extranjería de Barcelona.
En este expediente, que ha sido resuelto de manera favorable ha demorado poco más de 5 meses y la particularidad del mismo es que en este caso extranjería no requirió certificado de Estado Civil ni de soltería del país de procedencia del familiar español, cuando lo suelen requerir en la mayoría de los expedientes.

IV.- Situación de los expedientes en vía de recurso:
Si un expediente de residencia de familiar de español es denegado, es posible interponer un recurso de reposición o bien presentar de nuevo la solicitud.
Actualmente las oficinas de extranjería están demorando bastante en resolver los recursos de reposición, el tiempo medio está entorno los 4 a 6 meses de demora para contestar un recurso de reposición.
Muchas de estas personas se preguntan si vale la pena seguir esperando, o bien presentar una nueva solicitud o incluso acogerse a la nueva regularización de extranjeros prevista.
Aunque no tenemos la respuesta general, podemos decir que si hay dudas acerca de que el recurso vaya a prosperar, habría que plantearse otros escenarios que conlleven mayor provabilidad de éxito.

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