¿Es viable el trámite de arraigo familiar para padres menores de 65 años a cargo?
¿Requisitos del Arraigo Familiar para padres menores de 65 años?
Los ciudadanos que hayan adquirido la nacionalidad española, pueden solicitar para sus familiares que se encuentren en España, una autorización de residencia por arraigo familiar. En cuanto se apruebe el nuevo reglamento, deberemos ajustarnos a las nuevas previsiones de esta figura (que hemos examinado en la anterior publicación).
Uno de los trámites más complicados a día de hoy es el de Arraigo Familiar para padres menores de 65 años a cargo pues las oficinas de extranjería suelen denegar la solicitud a la mínima y entonces no queda más remedio que interponer recurso de reposición para obtener un resultado favorable.
Para que la solicitud prospere, es importante acreditar en el expediente que el Padre menor de 65 años se encuentra en España y a cargo del hijo o hija con nacionalidad Española.
Puede estar a cargo por diferentes razones:
Por razones de salud debidamente demostradas mediante informes médicos.
Por razones económicas.
Por cualquier otra razón admisible en derecho.
A modo de ejemplo la documentación que puede aportarse para acreditar que vuestro padre o madre menor de 65 está a cargo es:
Empadronamiento conjunto.
Contrato de trabajo, o autónomos o acreditar disponer de una fuente de ingresos suficiente para costearos la vida y la de vuestro padre o madre.
Documentación que acredite que vuestro padre no tiene ingresos de ningún tipo ni tampoco en su país de procedencia.
Documentación médica si es el caso de que el padre o madre tiene una patología y que depende de los hijos españoles (x ejemplo; Una persona invidente, sordomuda etc...).
Y si el padre o madre es mayor de 65 años?
En ese caso no es necesario demostrar que esté a cargo y el proceso es más sencillo.
A modo de ejemplo les mostramos un ejemplo de las dificultades habituales de este proces:
Pueden ver en la imágen, que, inicialmente la solicitud de Arraigo familiar fue denegada y que tras la denegación interpusimos recurso de reposición que ha sido estimado por la oficina de extranjería de Toledo.
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