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ARRAIGO POR COLABORACIÓN CON LA INSPECCIÓN DE TRABAJO


Se trata de un permiso de residencia y trabajo por circunstancias excepcionales para aquellos extranjeros que se encuentren en situación irregular en España y acrediten haber realizado una actividad laboral por un periodo mínimo de 6 meses.



 

Requisitos básicos:

 

1.- Acreditar ante la administración laboral haber trabajado de forma irregular como mínimo 6 meses en el último año.

 

2.- Carecer de Antecedentes Penales.


3.- No se exije un mínimo de empadronamiento en españa.


 

Ejemplos de un Arraigo por Colaboración con la Inspección de Trabajo:


Empleada de hogar que lleva 6 meses trabajando o más y la despiden, o camarero o cocinero que está trabajando en régimen de semi esclavitud y no desea seguir ahí, en cualquiera de estos casos se puede solicitar arraigo por colaboración, pero antes hay que seguir el procedimiento que les contamos seguidamente.


 





Como se acredita haber trabajado de forma irregular:

 

-       Fotografías del lugar de trabajo.

-       Videos.

-       Testigos

-       Conversaciones de audio grabadas entre el trabajador y el empleador.

-       Transferencias bancarias de salario.

-       Conversaciones de whatsap

 

Cualquier otra prueba admisible en derecho.

 

Como iniciar el proceso ante la Administración laboral:

 

1.- Vía Directa: Mediante una denuncia que se presenta en la Inspección de trabajo (habrá que esperar a obtener una resolución que puede llevar meses…) El plazo legal máximo son 9 meses y dependiendo de la complejidad Inspección de trabajo tardará más o menos plazo.

 

2.- Interposición de una demanda laboral por reconocimiento de relación laboral y reclamación de cantidad por partidas adeudadas. Y con la sentencia acudir a Inspección de Trabajo (lo tendremos más fácil para tener una resolución de inspección de trabajo, aunque el proceso puede demorar algo más. (la parte buena el trabajador puede obtener una indemnización del empleador.


Queda la duda de si podemos instar el Arraigo por Colaboración directamente sin tener que acudir a la inspección de trabajo con la sentencia.

 

En mi opinión, soy partidario de instar el proceso mediante una demanda laboral, que puede ser o una de las tres opciones o las 3 opciones a la vez y así evitar la prescripción de derechos:

 

-       Despido improcedente (plazo para reclamar 20 días hábiles)

-       Reclamación de cantidad (plazo: se reclama lo adeudado en el último año no prescrito)

-       Reconocimiento de la relación laboral.

 

Con la demanda judicial, el trabajador en situación irregular puede instar una indemnización para reclamar:


  • Una indemnización por despido nulo o improcedente

  • Salarios de Tramitación si es el caso.

  • indemnización por horas extra realizadas (todo lo que supere las 40 h son horas extra).

  • indemnización por horas de presencia si fuese el caso.

  • indemnización por diferencias salariales (imagina que eres cocinero y te pagan un salario como auxiliar de cocina, pues te tienen que pagar la diferencia.

 

y

 

Lo relativo al informe de la autoridad administrativa de colaboración que menciona el art 127 del Reglamento de Extranjería entiendo va ligado a otro supuesto que no es el arraigo por colaboración con la inspección de trabajo, sinó con las autoridades policiales, seguridad nacional, crimen organizado etc.



En otras publicaciones hablaremos de:


ARRAIGO POR COLABORACIÓN CON LA POLICÍA EN CUESTIONES DE SEGURIDAD NACIONAL O TEMAS DE CRIMEN ORGANIZADO

 

Art. 127.1 del Reglamento de Extranjería: Acreditar Razones de interés público mediante un informe de la Administración… Ej: Colaborar con la policía en una investigación criminal o de seguridad nacional.


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