En la presente publicación les informamos de cómo se puede conseguir en España un permiso de residencia y trabajo por medio de pareja de hecho con ciudadana/o de Nacionalidad Española.
En concreto desde nuestro despacho de abogados especializado en el trámite de residencia por pareja de hecho, les informamos de los requisitos y documentos necesarios y al final de la publicación les mostramos un caso reciénte de éxito.
Requisitos para solicitar el Arraigo Familiar por Pareja de Hecho:
- La persona solicitante debe encontrarse dentro de territorio Español (Mucho cuidado si el ciudadano extranjero ha entrado con visado de residencia comunitaria, deberá solicitar el permiso de residencia comunitaria o bien esperar a que caduque su visado.
- Estar empadronado en el mismo domicilio que su pareja.
- Acreditar que la pareja de hecho está Registrada en España (para este trámite deben acudir a la normativa de cada Comunidad Autónoma, siendo el régimen más sencillo el de Cataluña donde no piden un mínimo de convivencia si se efectúa el trámite de pareja de hecho ante notario (esto, con carácter general).
- Debe aportar el ciudadano/a Extranjero el Certificado de Antecedentes Penales de su País debidamente legalizado o apostillado y con la traducción jurada a Español si fuera necesario por medio de Traductor interprete nombrado por el Ministerio de Asuntos Exteriores de España.
No se exige demostrar la disponibilidad de recursos económicos (a diferencia del permiso de residencia comunitaria).
Documentación necesaria para solicitar el Arraigo Familiar por Pareja de hecho:
- Pasaporte Completo.
- Dni
- Empadronamientos.
- Certificado acreditativo de que la pareja de hecho está inscrita.
- Certificado de Antecedentes Penales.
Plazo de respuesta actual expedientes extranjería: A día de hoy, el plazo estimado de respuesta de un expediente de arraigo famoliar por pareja de hecho está siendo de 4 a 6 meses de media con carácter general. Mostramos como ejemplo última resolución notificada:
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