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FREELANCE Y TELETRABAJO EN ESPAÑA 2023



Si eres un ciudadano extranjero freelance o trabajas para una empresa extranjera y puedes hacerlo de forma remota, puede que te interese este artículo, donde hablamos de:


- Ser freelance en España 2023.

- Teletrabajar en España legalmente.

- Requisitos para teletrabajar en España.

- ¿Cómo pedir el visado de teletrabajador internacional?



Hasta ahora, un ciudadano extranjero no podía venir a España a teletrabajar (de manera legal), para ello, tenía que acudir a formulas como un permiso de estancia por estudios o un visado de residencia no lucrativa ,entre otros.


El pasado 22 de diciembre de 2022 se publicó en el BOE, la Ley 28/2022 de 21 de diciembre de fomento del ecosistema de las empresas emergentes. Esta Ley modifica la vigente ley de Emprendedores para incorporar una nueva figura: la autorización de residencia para teletrabajadores internacionales.


Esta norma también incorpora algunas novedades respeto a los trámites para visados de inversor, destacando entre otros: la ampliación de plazos de duración de visados/residencias hasta 3 años y la posibilidad de que un estudiante pueda pasar a un permiso de residencia rápidamente como emprendedor.


Esta regulación la pueden encontrar en los arts 69 y ss de la Ley de Emprendedores, si bien, ya se nos indica, que para antes del 31 de marzo de 2023 se deben publicar las instrucciones que desarrollen y complementen dichas normas.



Autorización de residencia para teletrabajadores Internacionales:




Quienes pueden optar a este tipo de residencia:


Todos aquellos ciudadanos extranjeros que quieran realizar una actividad laboral o profesional (freelance) a distancia para empresas radicadas fuera de España, mediante el uso de medios informáticos, telemáticos y de telecomunicación.


La Ley indica que si el ciudadano extranjero es Freelance, podrá trabajar además de para empresas extranjeras, para una empresa ubicada en España siempre que el porcentaje de dicho trabajo no sea superior al 20% del total de su actividad profesional.


Requisitos:


a) Ser graduado o postgraduado en universidades de reconocido prestigio o contar con una formación profesional o escuela de negocios, o demostrar tener experiencia profesional al menos de 3 años.


b) Demostrar la existencia real y continuada durante al menos un año de la empresa o grupo de empresas con la que el trabajador mantiene relación laboral o como freelance.


c) Demostrar que la actividad laboral o freelance se puede realizar en Remoto.


d) Para el Freelance, demostrar que tiene relación mercantil con una o varias empresas no localizadas en España durante al menos los 3 últimos meses. Si es trabajador, demostrar una antigüedad mínima de contrato de trabajo e 3 meses.


Procedimiento:


a) Solicitar el visado de residencia en el consulado o embajada. Este visado tendrá una vigencia máxima de 1 año. El visado, será título suficiente para residir y trabajar a distancia en España durante su vigencia.


b) 60 días antes de finalizar el plazo de duración del visado, los interesados en continuar residiendo en España podrán solicitar la autorización de residencia para trabajador a distancia Internacional.



Modificación de una autorización de residencia o estancia de estudios a residencia de teletrabajador internacional:


Los ciudadanos extranjeros que se encuentren en España de forma regular, o bien hayan solicitado el visado para teletrabajar y estén ya en España, podrán solicitar la autorización de residencia para teletrabajo.


Esta autorización tendrá una vigencia máxima de 3 años.


A falta de instrucciones que desarrollen esto, da a entender que un ciudadano en España con un permiso de estancia por estudios podría solicitar el permiso de residencia para teletrabajar en España, y posteriormente optar a la nacionalidad española (el permiso de estudiante no computa a efectos e plazos de residencia mínimos para pedir la nacionalidad).



Esperamos en breve poder ir actualizando esta información.


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