¿Ya puedo solicitar la Nacionalidad Española?
1.-¿Cumple con el plazo de residencia legal?
Antes de presentar su solicitud de nacionalidad española, es importante asegurarse de que cumple con el plazo mínimo de residencia para poder solicitar la nacionalidad española por residencia (10 años plazo general, 2 años ciudadanos originarios de países iberoamericanos o 1 año por matrimonio con español). El art 22 del Código Civil, explica y detalla el resto de casos de forma completa.
Puede consultar en la resolución de concesión de residencia, la fecha de efectos (que es la fecha a tener en cuenta para verificar el plazo mínimo de residencia legal en España).
Para que se entienda que ha residido en España de manera legal y continuada en el tiempo (art 22 del Código Civil), no debe haber realizado salidas fuera de España de más de 6 meses si se le aplica el plazo de 10 años o 3 meses para el resto de supuestos. Este tema lo abordamos en otras publicaciones de forma detallada.
2.- ¿Carecer de Antecedentes penales o policiales?
Si alguna vez ha tenido algún percance en España, por mínimo que sea (alcoholemia entre otros) podría tener antecedentes policiales, por lo que sería aconsejable proceder a la solicitud de cancelación de antecedentes penales y policiales.
3.- ¿Cuenta con estudios en España?
Para poder presentar la solicitud de nacionalidad, es importante asegurarse de que dispone de los certificados oficiales que acreditan su nivel de estudios mínimo requerido para la solicitud de nacionalidad española por residencia:
Titulados en estudios oficiales, cursados en España y en español, de nivel medio o superior
Titulados en Educación Secundaria Obligatoria (ESO) de España
o bien, alternativamente si no dispone de estudios en España puede realizar los exámenes del Instituto Cervantes CCSE y en su caso DELE A 2 (para los que no provengan de un país hispanohablante). Nuestro despacho de abogados se encarga de reservarle fecha para que pueda hacer los exámenes.
4.- Reunir el resto de documentación necesaria que por norma general es la siguiente:
Certificado de antecedentes Penales del país de Origen y de los países donde ha residido los últimos 5 años.
Certificado de nacimiento.
Para menores de edad, no tienen que aportar certificado de antecedentes penales ni tampoco deben realizar los exámenes del instituto cervantes, basta con un certificado de integración emitido por la escuela.
Si procede de un país fuera de la Unión Europea, dichos certificados deben llevar la Apostilla de la haya o bien la legalización del ministerio de Asuntos exteriores. + la traducción jurada por medio de interprete nombrado por el ministerio de asuntos exteriores de España.
Si lo desea, podemos tramitar telemáticamente su solicitud de nacionalidad española por residencia. El coste de nuestros honorarios es de 300€+IVA (363 euros).
Una de las carectarísticas que nos diferencia de otros despachos, además de la experiencia profesional en este campo, es la cercanía y atención al cliente! Estamos siempre pendientes de usted y no dejamos de responder ni atender un solo mensaje!
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