ACH, contactó con nuestro despacho de abogados para presentar la solicitud de nacionalidad Española telemáticamente en 2018. Una vez finalizado el plazo máximo que por Ley tiene la Administración para resolver los expedientes de nacionalidad, decidimos interponer el recurso contencioso para agilizar el expediente de nacionalidad.
En el último escrito de impulso interpuesto en la Audiencia Nacional, solicitamos a la Sala que requiriese a la administración demandada para completar el expediente administrativo aportando el informe preceptivo de policía (que es un documento que acredita que el interesado cumple con todos los requisitos legales para que le sea concedida la nacionalidad una vez verificado por diferentes niveles de administración).
En dicho escrito, alegamos que en caso de no disponer de dicho informe para la resolución del pleito, se podría causar indefensión, pues el Abogado del Estado invocaba la doctrina de la carga de la prueba concluyendo que la falta en el expediente administrativo de los documentos que alude debe perjudicar a la parte actora (nosotros). Sin embargo, no se puede desconocer que los documentos que el abogado del estado denuncia como ausentes del expediente (los informes de policía) estaban en poder de la Administración demandada y el interesado además había prestado su consentimiento parta que la Administración procediera a su comprobación automática.
Ante esta situación, la Audiencia Nacional dictó providencia por la que, dada cuenta, en el oficio de remisión del expediente administrativo enviado ab initio por la Administración a la Sala, se indicaba que "la documentación que falta para finalizar su tramitación en este Ministerio ha sido solicitada a los departamentos concernidos (Dirección General de la Policía, Registro central de Penados y/o al Centro Nacional de Inteligencia". No habiéndose recibido la citada documentación requiérase a los órganos respectivos los informes correspondientes".
Pues bien, finalmente, la Administración ha resuelto conceder la nacionalidad española a nuestro cliente, con una doble satisfacción, pues había quedado en una situación de irregularidad sobrevenida al no poder renovar su tarjeta de residencia. En su caso interponer el recurso contencioso ha acelerado su expediente de nacionalidad, desatascándose de una vez su expediente.
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