Esta semana, nos han notificado dos concesiones de nacionalidad española tardando sólo 3 meses desde la presentación del recurso contencioso:
Iris, presentó la solicitud de nacionalidad española por residencia en el Registro Civil de Ciudad Real en el Año 2016. En enero de 2019, presentó con nuestro despacho de abogados el recurso contencioso para acelerar su expediente, paralizado como tantos otros, y ayer mismo, nos comunicó que le había sido notificada la resolución de concesión de nacionalidad. Felicidades Iris
Karen presentó la solicitud de nacionalidad de Registro Civil en Madrid el año 2016. En octubre de 2018 presentó con nuestro despacho de abogados, el recurso contencioso administrativo y ayer mismo día 26 de marzo de 2019, le llegó un email informándole de que se le acaba de conceder la nacionalidad española. Felicidades Karen.
¿Pero porqué se obtiene en tan poco tiempo la nacionalidad española si se presenta el recurso contencioso?
Desde hace años venimos repitiendo a todos nuestros clientes que la Administración tiene un plazo máximo de 1 año para resolver y notificar la resolución del expediente de nacionalidad. Esto está previsto en el apartado 3 del artículo 11 del Reglamento por el que se regula el procedimiento para la adquisición de la nacionalidad española por residencia aprobado por Real Decreto 1004/2015: el plazo para resolver y notificar la resolución será de un año desde que la solicitud haya tenido entrada en Dirección General de los Registros y del Notariado, si transcurrido este plazo no ha recaído resolución expresa, la solicitud se entenderá desestimada por silencio administrativo.
Ello, no significa que se haya denegado su expediente pues como saben a fecha de hoy la DGRN presenta un colapso importante en la resolución de expedientes de nacionalidad, simplemente el silencio administrativo es una ficción que crea el derecho para que usted pueda recurrir ante los tribunales esta falta de actuación administrativa que tanto daño está causando a los ciudadanos.
Así pues, cuando ha pasado un año desde que se presenta la solicitud de nacionalidad y ha tenido entrada en la DGRN, lo que hacemos es directamente interponer el recurso contencioso en la audiencia nacional, por no estar conformes con este efecto desestimatorio.
Como la Administración sabe que el ciudadano tiene razón, antes de que se dicta una sentencia judicial condenatoria por parte de los tribunales, prefieren resolver la solicitud de nacionalidad, de manera que desde que presentamos el recurso contencioso la media de concesiones es de 3 a 6 meses.
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