Siempre hemos aconsejamos a nuestros clientes presentar la solicitud de nacionalidad telemáticamente por la vía general que venimos utilizando, frente a plataformas independientes a través de colegio de abogados o gestores, las cuales además de no tener ninguna prioridad, no pueden aportarse documentos nuevos al expediente.
Semanas atrás se celebró el Congreso de Extranjería 2019 en Madrid, donde se abordaron junto a funcionarios de la Subdirección de Nacionalidad y estado Civil y otras personalidades, la situación actual de los expedientes de nacionalidad española a octubre de 2019.
Si bien se habló de la “implantación” de más de 170 nuevos funcionarios para resolver los expedientes de nacionalidad y de que ciertamente el caos existente se ha reducido en parte, no podemos bajar la guardia, pues ahora existen varios problemas que bajo nuestro punto de vista seguirán demorando los expedientes de nacionalidad presentados.
1.- Colapso en “pendiente respuesta informes preceptivos”.
El primero es que actualmente hay más de 86.000 expedientes que se encuentran pendientes de respuesta de informes policiales (“pendiente respuesta informes preceptivos”. Desde nuestro despacho de abogados con sede en Barcelona hemos notado que muchos expedientes presentados se encuentran en esta fase desde hace meses, ya sea por haberse solicitado a nivel interno informes del CNI o bien por la falta de personal suficiente para abordar el alud de expedientes que han ido resolviendo los más de 170 funcionarios contratados en la primera fase de tramitación de la nacionalidad.
Para tratar de poner remedio, en el Congreso se indicó que la policía reforzará la plantilla para poder responder a estos informes y se apuntó a que a fecha 30 de noviembre todos los expedientes presentados telemáticamente perfectos estarían ya resueltos (algo que permitirnos poner en duda).
2.- Graves demoras en la asignación de citas en Registro Civil para la Jura.
El segundo problema lo tienen ahora la mayoría de los Registros Civiles, pues a la hora de solicitar cita para la jura, debido a la resolución masiva de solicitudes de nacionalidad que estamos viviendo los últimos meses, parece ser que el sistema de citas no funciona adecuadamente. A modo de Ejemplo, en el Registro Civil de Barcelona, están dando cita a un año vista según nos han informado). Por este motivo, muchos ciudadanos, deciden empadronarse en otros municipios más pequeños para acudir al registro civil del nuevo municipio y poder solicitar una cita en poco menos de 1-3meses. Pero, mucho cuidado, en algunos Registros, dado este incremento de ciudadanos empadronados, están optando por solicitar un mínimo de antigüedad residiendo en la población (hay que asegurarse previamente de que esta opción es viable).
Ante este nuevo problema, el Ministerio de Justicia comunicará a los Registros Civiles una instrucción para que en los casos en que la jura se demore más de 180 días (que es el plazo máximo legal desde la notificación de la concesión de nacionalidad hasta realizar la jura), se informe al extranjero de que el plazo de 180 días queda suspendido (entendemos que de forma escrita). Desde nuestro despacho, venimos solicitando siempre que la cita se realice por escrito para así tener una constancia de que tenemos cita asignada y el plazo de 180 días queda interrumpido.
¿Como es posible que los expedientes de nacionalidad presentados en 2019 estén saliendo más rápido que los presentados en 2016-2017 o 2018?
El motivo que nos dieron es que los expedientes se reparten entre los funcionarios por lotes y es posible que un funcionario que recibe el lote resuelva el expediente más rápido que reciba un lote de años anteriores.
Según se indicó, el 30 de noviembre d e2019, todos los expedientes de nacionalidad española que fueron presentados de forma telemática y que estén perfectos serán concedidos, todos excepto los que tengan cualquier requerimiento o bien aquellos en los que se deba resolver acerca de la dispensa para la realización de los exámenes del Instituto cervantes (no afecta a los que aportaron el certificado de la ESO o superior) para eximirse de los exámenes). El motivo es que todavía no hay Real Decreto que regule y desarrolle el procedimiento de dispensa y no hay un criterio claro al respecto.
En cuanto a los expedientes de nacionalidad presentados por colegios de gestores o abogados, ya lo anunciamos anteriormente, que no podían tener ninguna ventaja sobre el resto de formas de presentación telemática. Asimismo se indica que los expedientes presentados por esta vía, no pueden aportar nueva documentación. Por ello, desde nuestro despacho de abogados hemos apostado siempre por la presentación telemática de la solicitud de nacionalidad a través de la plataforma electrónica general.
Plazos actuales de respuesta a las solicitudes de nacionalidad presentadas por nuestro despacho de abogados.
Sorprenderá, pero últimamente estamos presentando solicitudes de nacionalidad a nuestros clientes y nos están notificando, en menos de un mes la resolución de concesión de nacionalidad. Para ello, el expediente tiene que estar perfecto y con todos los documentos necesarios, en caso contrario el expediente se demora. Ahora bien, no debemos tomar como referencia este plazo pues en la práctica tenemos expedientes de enero de 2019 todavía pendientes y en principio están perfectos. Así pues, no podemos afirmar que exista a nivel interno del Ministerio un orden o criterio para resolver los expedientes, sinó que se asignan por lotes o grupos a distintos funcionarios que van resolviendo y tramitando el expediente cada uno a un ritmo distinto.
El recurso contencioso para agilizar el expediente de nacionalidad paralizado desde hace más de un año.
A día de hoy, todavía hay miles de expedientes incluso del año 2015 presentados a través de Registro Civil (que no hicieron uso de plataforma telemática) donde ni tan siquiera tienen asignado un nº de expediente para poder hacer un seguimiento adecuado. Por este motivo, aconsejamos interponer el Recurso Contencioso en la Audiencia Nacional, pues así, “sacan el expediente de debajo de la mesa” o les dan un toque de atención al registro para que lo tramiten”. Una vez la solicitud aparece, se le asigna nº de expediente y se resuelve al poco tiempo.
También para aquellos que presentaron la solicitud telemáticamente y ha transcurrido un año sin obtener respuesta, la interposición del recurso contencioso sigue siendo un mecanismo que actualmente sigue siendo muy buena opción para obtener una respuesta rápida al expediente de nacionalidad.
En cuanto al plazo de respuesta desde la interposición, en anteriores artículos hemos indicado que el plazo promedio de los expedientes es entre 3 y 6 meses desde la presentación del recurso contencioso. Lógicamente son plazos que pueden ir oscilando, en algunas ocasiones algún expediente puede demorarse un poco más, pero también puede ser resuelto antes en menos de 3 meses.
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