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CONCESIÓN DE NACIONALIDAD CON EL RECURSO CONTENCIOSO

En 2014, Nazaket, ciudadano de origen pakistaní, solicitó la nacionalidad española a través de Registro civil por el viejo procedimiento, realizó la temida entrevista ante el juez encargado y, finalmente en 2017, le fue denegada la solicitud de nacionalidad española debido a que según afirmaban, durante la entrevista mantenida con el Juez encargado del Registro Civil, se comprobó que no entendía la mayoría de las preguntas que se le formularon y que hablaba el castellano con dificultad, por lo que tanto el Juez como el Fiscal, informaron negativamente la solicitud.



De hecho, cientos de solicitudes de nacionalidad presentadas por el viejo procedimiento son desestimadas y rechazadas de forma arbitraria e injusta, quedando demostrado por otros medios que el ciudadano extranjero en realidad sí que está integrado y conoce el idioma.


Contra esta resolución de denegación de nacionalidad, interpuso recurso de reposición (cosa que desaconsejamos siempre por el largo periodo de demora de la respuesta de estos recursos que está entorno los 2-3 años de modo que recomendamos ir directamente a la vía judicial).


Pues bien, en abril 2019, cansado de esperar, acudió a nuestro despacho de abogados expertos en extranjería para abordar el caso pues había pasado ya demasiado tiempo esperando a una respuesta. Al no tener constancia de que el Ministerio de Justicia había resuelto el recurso de reposición interpuesto contra la denegación de la nacionalidad, interpusimos un recurso contencioso contra el silencio desestimatorio (recurso que puede interponerse en cualquier momento sin límite de plazo, pues representa que en caso contrario podría causar indefensión al no existir una resolución expresa).


Recientemente en enero 2020 Nazaket ha recibido la resolución de concesión de nacionalidad al haber quedado demostrado tanto por vía adminsitrativa como por vía judicial que estaba plenamente integrado en la cultura y sociedad española al haber estado en España trabajando por más de 10 años, creando además varios negocios en los que desarrolla la actividad de comercio al por menor de alimentación (supermercados), que es una actividad que conlleva estar en contacto con el público tanto nacional como extranjero y que obliga a estar por lo menos integrado en la población donde se ubica su trabajo o negocio o centro de trabajo.


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